Acuerdos que manejamos

CUSMA: Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá

El CUSMA (anteriormente conocido como TLCAN o NAFTA, y denominado T-MEC en México) es el acuerdo de libre comercio entre Canadá, Estados Unidos y México que permite a profesionales calificados trabajar en cualquiera de los tres países SIN necesidad de una Evaluación de Impacto en el Mercado Laboral (LMIA). Es una de las vías más rápidas y eficientes para que los profesionales estadounidenses y mexicanos trabajen legalmente en Canadá.

tres banderas en el aire; Canadá, EE. UU., México

Ciudadanos mexicanos o estadounidenses: que ejerzan una profesión incluida en la lista (Schedule) del tratado.

Profesionales con una oferta de empleo: de un empleador canadiense dentro de su área de especialización.

Categorías cubiertas: Categorías cubiertas: Profesionales | Transferencias intracompañía (ICT) | Comerciantes e inversionistas | Visitantes de negocios | Exentos de LMIA.

TN (Comercio Nacional) TN (Trade National): para ciudadanos estadounidenses — se procesa directamente en el puerto de entrada (frontera o aeropuerto) de forma casi inmediata.

Permiso de trabajo CUSMA para mexicanos Permiso de trabajo CUSMA para mexicanos: solicitud procesada a través de un consulado o embajada canadiense; no requiere LMIA.

Renovable Renovable: siempre que el contrato de trabajo siga vigente; en muchos casos no existe un límite máximo de renovaciones.

Profesionales: hasta 3 años, renovable de manera indefinida.

Ejecutivos y gerentes (ICT): hasta 7 años en total. hasta 7 años

Conocimiento especializado (ICT): hasta 5 años en total. hasta 5 años

Cónyuge: puede aplicar simultáneamente por un Permiso de Trabajo Abierto (SOWP).

CPTPP: Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico

(Japón, Australia, Nueva Zelanda, Chile, México, Perú, Vietnam, Malasia, Singapur, Brunéi)
Facilita la entrada temporal de profesionales y trabajadores calificados entre los países firmantes. Las ocupaciones elegibles y las condiciones varían según el país de origen.

Aplica para: Australia, Brunéi, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam.

Facilita: las transferencias intracompañía y la entrada de profesionales en categorías específicas sin necesidad de una LMIA.

Categorías cubiertas: Profesionales | Transferencias intracompañía (ICT) | Proveedores de servicios | Exentos de LMIA (según la categoría).

Una bandera de Francia con fondo de océano

FMP: Programa de Movilidad Francófona (Francophone Mobility Program)

Permite a ciudadanos extranjeros de cualquier país que hablen francés obtener un permiso de trabajo exento de LMIA para trabajar fuera de Quebec. Se requiere un nivel de competencia en francés de al menos NCLC 5 (en expresión oral y comprensión auditiva) y una oferta de empleo válida en ocupaciones correspondientes a los niveles TEER 0, 1, 2 o 3.

Aplica para: Trabajadores de habla francesa de cualquier nacionalidad.

Duración: El tiempo que indique la oferta de empleo o la vigencia del pasaporte, lo que ocurra primero.

Renovable: Siempre que el empleo continúe vigente y se sigan cumpliendo los requisitos.

Categorías y condiciones: Cualquier país de origen | Niveles TEER 0, 1, 2 o 3 | Exento de LMIA | Permiso de trabajo abierto para el cónyuge | Válido únicamente fuera de Quebec.

Aplica para: Ciudadanos de los 27 estados miembros de la Unión Europea.

Personal directivo (ICT): Hasta 3 años.

Categorías: Transferencias intracompañía (ICT) | Proveedores de servicios | Personal directivo | Exentos de LMIA.

CETA: Acuerdo Económico y Comercial Global

Permite la entrada temporal de profesionales europeos. El permiso se expide por 24 meses; sin embargo, el trabajo autorizado está limitado a un máximo de 12 meses.

una silueta de dos personas en una ventana que muestra un avión en un aeropuerto

GTS (Global Talent Stream)

Diseñado para empleadores canadienses que buscan contratar talento extranjero altamente calificado de manera expedita. El proceso del GTS procesa el LMIA en aproximadamente dos semanas, sin requerir publicidad previa del puesto de trabajo. Los permisos de trabajo generalmente se otorgan por la duración de la oferta de empleo. Nos encargamos tanto de la Categoría A (por recomendación/referencia) como de la Categoría B (ocupaciones de alta demanda).

Identificamos qué acuerdo se aplica a tu perfil, preparamos el expediente completo y te respaldamos desde la evaluación inicial hasta la aprobación del permiso de trabajo. Ofrecemos representación personalizada en cada etapa del proceso ante el IRCC.

Aplica para: Reino Unido, Chile, Colombia, Perú, Panamá, Corea del Sur, entre otros.

Duración (Chile / Colombia / Perú / Corea): Hasta 1 año, renovable.

Duración (Panamá): Hasta 3 años.

Duración (GATS): Hasta 90 días.

Categorías: Según el perfil y la nacionalidad | Posibilidad de exención de LMIA.

CUKTCA, GATS y otros acuerdos bilaterales

Canadá mantiene acuerdos adicionales que pueden facilitar los permisos de trabajo para diversas nacionalidades. Evaluamos si tu país de origen cuenta con un tratado activo con Canadá.